¿ CÓMO PARTICIPAR EN REMATES JUDICIALES ?

¿ CÓMO PARTICIPAR EN REMATES JUDICIALES ?

¿ No sabes cómo participar en remates judiciales en Colombia ? 👉 Participar en remates judiciales es una de las mejores opciones para obtener tu casa o tu carro a precios de descuento, ya que los remates judiciales son subastas de bienes inmuebles y muebles, es decir, podrás encontrar casas, apartamentos, carros y otros bienes a precios muy bajos y cumplir tus sueños de tener casa propia o carro propio. 

1) ¡Participemos en remates judiciales!  💰💰💰

Los remates judiciales son una oportunidad de inversión y se debe participar en ellos con la asesoría correcta o como mínimo con el debido conocimiento y así evitará perder su dinero, por ello le recomendamos tener en cuenta estos pasos para que participe con éxito en remates, teniendo en cuenta que esto no suple la asesoría de un profesional:

a) Busque los listados de remates judiciales 🔍🔍🔍

Puedes encontrarlos en: 

  • Páginas web especializadas en remates judiciales en Colombia cómo rematandobienes.com en donde podrás encontrar los listados más completos de remates judiciales de toda Colombia.
  • También puedes en periódicos de tu localidad o en el micrositio web de la entidad que hace remates judiciales.

b) Estudie el bien que se rematara 📊📊📊

Te recomendamos realizar estudios de prefactibilidad sobre el bien en remate, es decir, si es un vehículo o una casa debes estudiar cuál es el estado físico del bien, además debes hacer el estudio jurídico del bien y verificar que no tenga problemas legales, por último debes hacer la proyección económica de la inversión para determinar qué es buena opción de inversión y así participar en el remate.

c) Consigne el 40% de avalúo del bien

Para participar en el remate debes previamente consignar el 40% del valor del avalúo del bien a la cuenta bancaria de la entidad que realiza el remate y así ya puedes presentar postura de remate. 

d) Haz tu postura 

Ya puedes presentar tu postura de remate judicial, el tiempo para hacerlo es dentro de los 5 días antes de la audiencia de remate o en la hora de la audiencia de remate judicial, ten en cuenta que la postura debe ir en sobre cerrado, si la presentas en forma presencial, o si la presentas de forma virtual (depende de lo indicado en el aviso de remate judicial) debes presentarla en pdf encriptado, el sobre o el pdf debe contener la oferta, la copia del comprobante del depósito y tu copia de tu cédula, teniendo en cuenta que si actúas a través de abogado también debes anexar el poder.

e) ¡ Llegó el día de la audiencia de remate judicial ! 

Ten en cuenta que la audiencia puede ser virtual, en dicho caso debes buscar el link de la audiencia virtual en el aviso de remate o en la página web de la entidad que realiza el remate o solicitarla por correo electrónico a la entidad que hace el remate y asistir a la audiencia para que en el momento correspondiente puedas indicar al funcionario encargado de la audiencia, la clave del pdf que enviaste, en caso de se presencial, debes presentarte (no es obligatorio)  en las instalaciones de la entidad que realiza el remate. 

f) Perdiste, pero tranqui, ¡hay más remates! 😓😓😓

En este caso solo debes pedir la devolución de la totalidad de los dineros que consignaste y buscar nuevos remates para participar.

g) ¡ Excelente, ganaste! 😍😍😍

¡Has ganado el remate judicial!, ahora debes cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 453 de la Ley 1564 de 2012, es decir, debes pagar el impuesto de remate judicial correspondiente al 5% de la oferta presentada y consignar el saldo de la oferta presentada, todo esto lo debes hacer dentro de los 5 días hábiles siguientes a la audiencia de remate judicial.

h) Aprobar remate judicial

En esta etapa el juez o el funcionario encargado aprobará el remate judicial a través de un auto o acto administrativo en donde ordenara lo siguiente: La entrega de unos oficios (acta y auto que aprueba remate, levantamiento de embargo, cancelación de hipoteca o prenda, entre otros) también se ordenará la  entrega del bien rematado.

i) Registro del bien y entrega

Por último, debes registrar el bien a tu nombre, para los bienes sujetos a registro, es decir, si es un bien inmueble debes ir a la oficina de registro de instrumentos públicos correspondiente y llevar los oficios que se te entregaron en el juzgado o la entidad que hizo el remate o si es un vehículo debes ir a la secretaría de tránsito correspondiente y ¡registrar el bien a tu nombre!. A su vez puedes contactarte con el secuestre para que te entregue el bien.

¡Eso es todo!, éxitos en tu inversión.

También puedes ver el siguiente video y aprender a participar en remates judiciales:

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